Baja tensión
Actividades de evaluación
Según el Real Decreto 842/2002, modificado por Real Decreto 1053/2014, algunos tipos de instalaciones eléctricas de Baja Tensión han de ser objeto de inspecciones, iniciales previas a la puesta en servicio, y periódicas después, cada 5 años, una vez en funcionamiento, por un Organismo de Control a fin de asegurar que cumplen las prescripciones técnicas reglamentarias, así como a sus modificaciones y ampliaciones a lo largo de toda su vida útil.
Las instalaciones que requieren de inspecciones iniciales y periódicas, entre otras son:
- Instalaciones industriales que precisen proyecto, con una potencia instalada superior a 100 kW.
- Locales de pública concurrencia.
- Locales con riesgo de incendio o explosión, de clase I, excepto aparcamientos o estacionamientos de menos de 25 plazas.
- Locales mojados con potencia instalada superior a 25 kW.
- Piscinas con potencia instalada superior a 10 kW.
- Instalaciones de alumbrado exterior con potencia instalada superior 5 kW.
- Instalaciones de las estaciones de recarga para el vehículo eléctrico, que requieran la elaboración de proyecto para su ejecución
También requieren inspección periódica, cada 10 años, las instalaciones comunes de edificios de viviendas de potencia total instalada superior a 100 kW.
INOCA Control e Inspección, como Organismo de Control puede realizar inspecciones a instalaciones eléctricas de Baja Tensión.
Documentos normativos
R.D. 842/2002 de 2 de agosto (B.O.E. 18/09/2002), por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. Instrucciones técnicas complementarias ITC BT-01 a BT-51.
R.D.1053/2014, de 12 de diciembre (B.O.E. 31/12/2014), por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT-52 Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos del Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, y se modifican otras instrucciones técnicas complementarias del mismo. Modificado por el R.D. 542/2020.
Decreto 2413/1973 de 20 de septiembre (B.O.E.
9/10/1973), por el que se aprueba el Reglamento electrónico para baja tensión.