Alta tensión

Actividades de evaluación

 Según el Real Decreto 337/2014, las instalaciones eléctricas de Alta Tensión (>1 kV) han de ser objeto de inspecciones periódicas cada 3 años por un Organismo de Control a fin de asegurar que se siguen cumpliendo las prescripciones técnicas reglamentarias con las que fueron autorizadas a ponerse en marcha, así como a sus modificaciones y ampliaciones a lo largo de toda su vida útil.

 INOCA Control e Inspección, como Organismo de Control  puede realizar inspecciones periódicas a instalaciones eléctricas de Alta Tensión.

Documentos normativos

R.D. 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.

R.D. 3275/1982 de 12 de noviembre (B.O.E. 01/12/1982), sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación. Instrucciones técnicas complementarias MIE-RAT01 a MIE-RAT 20.

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